ORDENANZA REGULADORA DE LA PRESTACIÓN COMPENSATORIA POR EL USO Y APROVECHAMIENTO DE CARÁCTER EXCEPCIONAL DEL SUELO NO URBANIZABLE DE EL CERRO DE ANDÉVALO.

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial del Ayuntamiento de El Cerro de Andévalo, adoptado en sesión ordinaria celebrada el día 8 de marzo de 2016, aprobatorio de la Ordenanza reguladora de la Prestación Compensatoria por el uso y aprovechamiento de carácter excepcional del suelo no urbanizable, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora
de las Bases del Régimen Local.

 
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