Punto de Información Catastral- PIC

Los Puntos de Información Catastral son centros de prestación de servicios prestados, autorizados por la Dirección General del Catastro y ubicados en distintas Administraciones, entidades y corporaciones públicas, a las que se refiere el artículo 4 del texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario.
Punto de Información Catastral (PIC) del Ayuntamiento de El Cerro de Andévalo
Plaza de España, nº 1
CP 21320 - El Cerro de Andévalo (Huelva)
Tlf. 959567051 Fax. 959567059
Correo electrónico: morenorico@elcerrodeandevalo.es
Horario de atención al público: de lunes a viernes de 9 a 14 horas.
Servicios catastrales autorizados:
- En los Puntos de Información Catastral de esta localidad se podrán prestar los siguientes servicios:
- Consulta de datos catastrales no protegidos, certificación de la referencia catastral y consulta de cartografía.
- Consulta y certificación de datos catastrales protegidos, por los titulares catastrales, sus representantes o personas autorizadas por ellos.
- Certificación negativa de bienes inmuebles o de la circunstancia de no figurar como titular catastral.
- Consulta para los titulares catastrales sobre información relativa a las solicitudes de ayuda de la última campaña de la Política Agrícola Común (PAC) con relación a las parcelas rústicas de su titularidad declaradas en las mismas.
Normativa Reguladora
- Artículo 72 del Real Decreto 417/2006, de 7 de abril, por el que se desarrolla el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario.
- Resolución de 15 de enero de 2019, de la Dirección General del Catastro por la que se aprueba el régimen de establecimiento y funcionamiento de los Puntos de Información Catastral,
- Circular 03.01/2013P, de 11 de abril, sobre autorización, gestión y control de los PIC
Condiciones de acceso a los servicios prestados
Acceso a datos protegidos por el titular catastral. La obtención de datos catastrales protegidos, en el marco de los servicios prestados por el Punto de Información Catastral, requiere una solicitud formal del titular catastral del inmueble, su representante o persona autorizada por él, acreditándose debidamente la representación y, en su caso, la autorización. La solicitud de la información debe formularse en el modelo que estará a disposición de los interesados en los Puntos de Información Catastral y en el Portal de Internet de la Dirección General del Catastro.En el supuesto de que el servicio se solicite por persona autorizada o representante del titular catastral, junto a la solicitud de acceso deberá presentarse copia del documento acreditativo de la representación o de la autorización con que se actúe, previa exhibición de los documentos originales, así como la copia, en su caso, del Documento Nacional de Identidad del autorizante, que debe acompañar a la autorización.El empleado que actúe como usuario registrado del Punto de Información Catastral verificará la autenticidad de la autorización y la suficiencia de la representación. En el Portal de Internet de la Dirección General del Catastro se publicará el modelo de autorización del titular catastral que podrá utilizarse a tal efecto. De la documentación exigida se dejará la copia en el expediente, que deberá conservarse por la entidad responsable de la gestión del Punto de Información Catastral, a disposición de la Dirección General del Catastro para el ejercicio de las actuaciones de control.El plazo de conservación de la referida documentación será el que establezca la normativa propia de la entidad gestora respecto a sus propios documentos. No obstante, la entidad conservará la documentación durante al menos 3 años, plazo de prescripción de las posibles infracciones por vulneración de la normativa de protección de datos de las personas físicas.
Acceso a datos catastrales no protegidos. Tratándose de datos catastrales no protegidos, el interesado sólo tendrá que solicitar la información, sin que sea exigible formalidad alguna.
Tasas municipales
Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por la prestación de un servicio o por la realización de una actividad administrativa (BOP nº 10, de fecha 16/01/2014)
- Certificaciones descriptiva y gráfica del PIC:
- Por unidad de parcela urbana 5,00 €.
- Por unidad de parcela rústica 2,50 €.
Más Información
Dirección General del Catastro (http://www.sedecatastro.gob.es)
Sede electrónica del Catastro (https://www.sedecatastro.gob.es/)
Localización de otros Puntos de Información Catastral (http://www.catastro.minhap.gob.es/esp/pic.asp )
Línea Directa del Catastro (teléfonos 902373635 - 913874550)